Empleadas del hogar: lo que debe saber.
Post date: Oct 19, 2012 7:16:07 PM
Las relaciones entre empleados del hogar, empleadores y Seguridad Social han cambiado totalmente. Aunque solo tenga servicio doméstico unas horas a la semana, te concierne. Despeje sus dudas acerca de los trámites, los costes, las responsabilidades…
DE QUÉ SE TRATA
Antes, los empleados del hogar cotizaban a la Seguridad Social dentro del Régimen Especial de Empleados del Hogar, que ahora desaparece. La cotización la debían pagar ellos mismos (si trabajaban para varios hogares) o bien sus empleadores (si trabajaban sólo para uno).
Ahora, se ha creado un Sistema Especial de Empleados del Hogar integrado dentro del Régimen General de la Seguridad Social y son los empleadores quienes deberán incluir en él a sus empleados y pagar sus cotizaciones, con cargo mayoritariamente a su bolsillo.
La relación laboral, que muchas veces era informal, sobre todo cuando se trataba de servicios de pocas horas a la semana, ahora debe formalizarse por escrito. El empleador es responsable de ello y no hacerlo puede acarrearle sanciones.
Únicamente están exentos de formalizar por escrito el contrato los servicios esporádicos que duren menos de cuatro semanas seguidas.
Los trámites no son gran cosa, pero requiere tiempo y papeleo ( ASISTENTAS PARA EL HOGAR se lo facilita todo, le llevamos el contrato listo para firmar al lugar que usted elija y listo). Basta con que el empleador se presente en una oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social con el contrato de trabajo y proporcione sus datos personales y los del empleado, el número de horas de trabajo por semana así como el salario que se le paga y una cuenta bancaria en la que se cargarán las cotizaciones.
Tendrás que rellenar diversos impresos oficiales, para que te asignen una cuenta de cotización que te servirá en adelante, aunque vayas cambiando de empleado o contrates a más de uno. El personal de la Seguridad Social calculará cuánto tienes que pagar de cotización cada mes y te pasará el cargo a la cuenta bancaria que designes.
En los nuevos contratos debe hacerse el alta antes de empezar a trabajar.
Los que ya estaban de alta en la Seguridad Social a 1 de enero de 2012 han tenido hasta el 30 de junio de 2012 para dejarlo todo en orden. Las consecuencias para quienes no hayan hecho los trámites en plazo son las siguientes:
- Los empleados de hogar que estaban trabajando de manera exclusiva y permanente para un único empleador, quedan integrados en el nuevo sistema especial a partir del 1 de julio de 2012, con la penalización para el empleador de que le cargarán desde esa fecha la cotización correspondiente al tramo más alto de la escala (con una base de cotización de 748,20 euros/mes) independientemente del salario efectivamente abonado al trabajador.
- Los empleados de hogar que estaban trabajando por horas para una o más familias, en caso de que ninguna de ellas haya hecho los trámites antes del plazo previsto habrán causado baja en el Régimen de Seguridad Social desde el 1 de julio. Tras esa fecha, si continúa la actividad, debe ser el empleador o los distintos empleadores los que deben hacer los trámites ante la Seguridad Social.
AFECTA A CUALQUIER EMPLEADO DEL HOGAR, AUNQUE TRABAJE POR HORAS
El nuevo régimen afecta a las personas que reciben una remuneración por hacer tareas domésticas en sentido amplio: limpieza, cocina, plancha, jardinería, cuidado de ancianos, niños o enfermos…
Las nuevas normas deben aplicarse sea cual sea el número de horas de servicio y el número de empleadores. Es decir, afecta igual a una empleada interna que trabaja para una única familia, que a una persona que va a distintos domicilios y trabaja en cada uno solo unas horas a la semana.
Además, las nuevas normas afectan tanto a quienes ya estuvieran cotizando en el antiguo Régimen Especial de Empleados del Hogar (a su cargo o al del empleador) como a los que nunca habían cotizado hasta ahora por prestar muy pocas horas de servicio.
Pasos a dar:
- 1º El contrato entre el empleado del hogar y el empleador.
- 2º Dar de alta al empleado.
- NOTAS:
- El salario, mensual o por horas no puede bajar de un mínimo.
- ¿Cuanto te costarían las cotizaciones?
- ¿Todo esto con que finalidad?
EVITE COMPLICACIONES Y PAPELEOS ENGORROSOS, ASISTENTAS PARA EL HOGAR SE LO HACE MÁS FÁCIL.
EL PRECIO FINAL QUE TIENE QUE PAGAR ES PRÁCTICAMENTE EL MISMO.